Por el cual se distribuye una apropiación (Ramo de Carreteras Nacionales)

Rango Decreto
Publicación 1951-06-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo único. Del saldo en la fecha correspondiente a la suma global apropiada en el actual Presupuesto de Gastos del Ministerio de Obras Públicas, en el Capítulo 115, artículo 1576, "Para gastos de conservación, adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales", adiciónase la apropiación del Ordinal J), Zona de Carreteras de Neiva, con $ 234.000.00, con la siguiente distribución especial:
Para la carretera La Plata - Puracé - Popayán $ 100.000.00
Para la carretera Carrasposo - Tello 57.000.00
Para la variante Resinas - Carretera Guadalupe - Florencia 77.000.00
Total $ 234.000.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 6 de junio de 1951.

LAUREANO GOMEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo - El Ministro de Obras Públicas, Jorge Leyva.

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