Por el cual se distribuye una apropiación (Ramo de Carreteras Nacionales)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo único. Del saldo en la fecha correspondiente a la suma global apropiada en el actual Presupuesto de Gastos del Ministerio de Obras Públicas, en el Capítulo 115, artículo 1576, "Para gastos de conservación, adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales", adiciónase la apropiación del Ordinal J), Zona de Carreteras de Neiva, con $ 234.000.00, con la siguiente distribución especial:
| Para la carretera La Plata - Puracé - Popayán | $ | 100.000.00 |
|---|---|---|
| Para la carretera Carrasposo - Tello | 57.000.00 | |
| Para la variante Resinas - Carretera Guadalupe - Florencia | 77.000.00 | |
| Total | $ | 234.000.00 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 6 de junio de 1951.
LAUREANO GOMEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo - El Ministro de Obras Públicas, Jorge Leyva.
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