Por el cual se fija un sueldo del Departamento de Unicinariasis

Rango Decreto
Publicación 1926-08-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INSTRUCCION Y SALUBRIDAD PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Fijase en doscientos pesos ($200) el sueldo mensual que devengará en lo sucesivo el Tesorero Pagador del Departamento de Uncinariasis, que se imputará al artículo 571, del mismo Departamento, del Presupuesto vigente.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 27 de julio de 1926.

PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Instrucción y Salubridad Públicas, José Ignacio VERNAZA.

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