Por el cual se adiciona una apropiación (Ramo de Carreteras Nacionales)

Rango Decreto
Publicación 1951-06-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo único. Del saldo en la fecha correspondiente a la suma global apropiada en el actual Presupuesto de Gastos del Ministerio de Obras Públicas, en el Capítulo 115, articulo 1576,"Para gastos de conservación, adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales", adiciónase la apropiación del Ordinal J), Zona de Carreteras de Neiva, en $ 50.000.00.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 6 de junio de 1951.

LAUREANO GOMEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo-El Ministro de Obras Públicas, Jorge Leyva.

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