Por el cual se crean tres oficiales más en la Junta Nacional de Amortización con el fin atender al cambio de los billetes deteriorados

Rango Decreto
Publicación 1905-11-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de. Colombia,

En uso de sus facultades constitucionales, y

CONSIDERANDO:

Que es insuficiente el personal subalterno de la Junta Nacional de Amortización fijado por el Decreto número 754 del presente año (7 de Julio), para atender a las complicadas operaciones del cambio y clasificación de los billetes deteriorados

DECRETA:

Art. 1º Créanse en la Junta Nacional de Amortización tres Oficiales más, para atender al cambio y clasificación de los billetes deteriorados con la asignación mensual de que disfrutan los setuales, y duraran por el tiempo que juzgue necesario él Ministerio de Hacienda y Tesoro.
Art. 2 ° Nombrase para e l desempeño de las funciones señaladas en el artículo anterior á los Sres. José H. Andrade, Augusto Posada y Anselmo Soto

Comuníquese y publíquese;

Dado en Bogotá, á 2 de Noviembre de 1905.

R REYES

El Ministro de Hacienda y Tesoro,

PEDRO ANTONIO MOLINA

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