Por el cual se crean unos cargos en el ramo fluvial

Rango Decreto
Publicación 1945-05-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO

que la Ley 29 de 1937 en su artículo 8° ordena la construcción de un muelle para el servicio de las embarcaciones menores en Santa Marta,

DECRETA:

Artículo único. Para dirigir la construcción de un muelle para embarcaciones de cabotaje en Santa Marta y para adelantar los trabajos de defensa de dicho puerto, créanse los siguientes cargos:
Un Ingeniero Jefe con asignación mensual de $ 450.00
Un Topógrafo Dibujante con asignación mensual de 280.00

El ejercicio de los cargos enumerados no da derecho a devengar prima móvil.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 25 de mayo de 1945.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos S. de SANTAMARIA

El Ministro de Obras Públicas,

Alvaro DIAZ S.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.