Por el cual se aprueba y adopta un Reglamento para el Ejército
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo único. Apruébase y adoptase en todas sus partes, para el servicio del Ejército, el Reglamento de Ejercicios para la Artillería de Montaña.
Parágrafo. Del expresado Reglamento se hará una edición de quinientos ejemplares.
Comuníquese y Publíquese.
Dado en Bogotá a 27 de Julio de 1916
JOSÉ VICENTE CONCHA EL Ministro de Guerra Salvador FRANCO.
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