Por el cual se aprueba un reglamento para las Fuerzas Militares
El presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que es necesario reglamentar la instrucción de equitación y adiestramiento en las Fuerzas Militares;
Que el Estado Mayor General, por medio del departamento número 3, ha estudiado y emitido concepto favorable sobre el proyecto de Reglamento para equitación y adiestramiento.
DECRETA:
Artículo 1°. De conformidad con el Derecho número 953 de 1940, apruébase el reglamento de Equitación y Adiestramiento (R.E.A), presentando por el Estado Mayor General, el cual se clasifica así: Público. Serie C, número 1. En consecuencia, deroganse todas las disposiciones anteriores y contrarias al Reglamento que se aprueba.
Artículo 2°. Las observaciones a que dé lugar el reglamento en referencia, debe ser presentadas al Estado Mayor General, a fin de que, previo estudio, se tenga en cuenta para posteriores ediciones.
Artículo 3°. La imprenta del Estado Mayor General hará una edición de mil seiscientos (1.600) ejemplares del reglamento que se aprueba.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 22 de mayo de 1942.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Guerra,
Gonzalo RESTREPO
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