Por el cual se crean dos puestos de supernumerarios
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de la facultad que le confiere el artículo 16 de la Ley 113 de 1919, y
considerando:
Que por el aumento en el movimiento de mercancías de importación y exportación en las Aduanas de Barranquilla y Cartagena; se necesita un Reconocedor más en cada una de dichas Aduanas, a fin de que se pueda atender al despacho en ellas con mayor regularidad,
decreta:
Artículo único. Créanse dos puestos más de Reconocedores supernumerarios, uno para la Aduana de Barranquilla y otro para la de Cartagena, con las asignaciones mensuales que fija la Ley 72 de 1919 a los empleados de igual categoría en las mencionadas Aduanas.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 22 de junio de 1320.
MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Hacienda, Pomponio GUZMAN.
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