Por el cual se aprueba un Reglamento para servicio del Ejército
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Apruébase el Reglamento para la organización y funcionamiento de los Tribunales y Concejos de Honor para Oficiales del Ejército, elaborado por el Ministerio de Guerra.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 8 de septiembre de 1923.
PEDRO NEL OSPINA El Ministro de Guerra, Alfonso JARAMILLO.
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