Por el cual se deroga el Decreto número 820 de 1984
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto número 820 de 5 de abril de 1984 a partir del -28 de mayo de 1984 y por el término de seis (6) días, se comisionaba a la señora Nelly Turbay de Muñoz Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de Colombia ante el Gobierno de la India, para que se trasladara a la ciudad de Karachi, Pakistán, con el fin de asistir a la Reunión de Trabajo sobre Textiles y para que, en nombre del Gobierno Nacional, firmara el Acuerdo Constitutivo de la Oficina Internacional de Textiles y Prendas de Vestir;
Que por memorando 1-173 de 7 de mayo de 1984, el señor Subsecretario de Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores informó que la Reunión de Trabajo sobre Textiles fue postergada para una fecha no determinada;
Que por tal motivo es procedente, derogar el Decreto antes mencionado,
DECRETA:
Artículo 1º. Derógase en todas sus partes el Decreto número 820 de fecha 5 de abril de 1984.
Artículo 2º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición,
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 28 de mayo de 1984.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Rodrigo Lloreda Caicedo.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.