Por el cual se adiciona el Decreto número 420 de 1919, de 27 de febrero (tarifas y disposiciones sobre encomiendas del interior)
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades legales,
decreta:
Artículo único. Para facilitar la confrontación de las libranzas a que se refiere el Decreto número 420 de 1919, en su artículo 3° el empleado visitado presentará al Visitador una relación de las libranzas que se deban enviar a la Administración General de Correos, la cual, con la formalidad del visto bueno, se colocará en el mismo paquete que lleve las libranzas a que se refiere.
Queda en estos términos adicionado el Decreto número 420 de 1919.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 23 de junio de 1919.
MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Gobierno, Marcelino ARANGO.
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