por el cual se hace una traslación en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Gobierno)

Rango Decreto
Publicación 1958-08-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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La Junta Militar de Gobierno de Colombia,

obrando de conformidad con las disposiciones de los Decretos legislativos 00164 de 1950 y 1599 de 1953,

DECRETA:

Artículo primero. Hácese la siguiente traslación en le Presupuesto de Gastos vigente;

Ministerio de Gobierno.

CAPITULO 034

Rama Electoral.

003. Del artículo 0350. Para cubrir a los Fotoidentificadores $ 0.30 por cada juego de fotografías para la cédula de ciudadanía que sean entregadas a satisfacción, de acuerdo con lo establecido en el Decreto número 1776-Bis de 1955, en la presente vigencia y anteriores $ 44.000 00
Suma el contracrédito 44.000 00
CAPITULO 034 Rama Electoral.
301. Al artículo 0343. Para gastos de conservación, aseguro mecánico, reparación y repuestos del equipo mecánico y mobiliario, y para reparaciones menores y adaptación de locales al servicio de las dependencias del Ramo Electoral, en la presente vigencia y anteriores $ 44.000 00
Suma el crédito $ 44.000 00
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 19 de julio de 1958.

Mayor General GABRIEL PARIS,

Presidente de la Junta.

Mayor General Deogracias Fonseca.-Vicealmirante Rubén Piedrahita A.-Brigadier General RafaelNavasPardo.-Brigadier General Luis E. Ordóñez.

El Ministro de Gobierno,

Mayor General Pioquinto Rengifo.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jesús María Marulanda

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