Por el cual se aumenta el valor de unos jornales
El presidente de la República de Colombia,
En uso de sus atribuciones legales, y teniendo en cuenta los continuos reclamos que a este Ministerio elevan los obreros de las Salinas de Zipaquirá para que se les aumente el jornal de que ahora disfrutan en vista del trabajo recargado y peligroso, y de la carestía de la vida, reclamos que han sido apoyados por el Administrador General de las Salinas en Resoluciones números 96 y 98, de 11 del presente,
DECRETA:
Artículo 1°. A partir de esta fecha en adelante los obreros que en seguida se expresan, tendrán derecho a las siguientes asignaciones diarias:
AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 20410 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 2
Artículo 2°. El personal actual de los talleres, tendrá las siguientes asignaciones:
AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 20410 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 2
Artículo 3°. Quedan así reformados los Decretos números 563 y 741 de 1926.
Publíquese,
Dado en Bogotá a 28 de enero de 1927:
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito, Público,
Salvador FRANCO.
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