POR EL CUAL SE ADSCRIBE AL MINISTERIO DE GUERRA TODO LO RELACIONADO CON EL AERÓDROMO DE CÚCUTA
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo único. A partir del 19 de Febrero próximo adscríbese a la Dirección General de Aviación, Departamento Civil, del Ministerio de Guerra, todo lo relativo al sostenimiento y dirección del Aeródromo de Cúcuta que ha estado dependiente del Ministerio de Industrias y Trabajo.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 26 de enero de 1935.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Guerra,
Marco A. AULI
El Ministro de Industrias y Trabajo,
Benito HERNANDEZ B.
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