Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto vigente
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales y de conformidad con el parágrafo del articulo 9º del Decreto número 3940 de 1951 y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo de Ministros en su sesión del día 1º de junio de 1951 del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos de la actual vigencia según consta en el Acta respectiva,
DECRETA:
Articulo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:
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