por el cual se deroga el artículo 2° del Decreto número 506 de fecha 5 de marzo de 1990

Rango Decreto
Publicación 1990-06-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto número 506 de fecha 5 de marzo de 1990, se creó el Consulado de Colombia Ad-Honorem en la ciudad de Belmopan-Belice y el cargo de Cónsul Ad-Honorem en la misma ciudad, nombrándose a la señora Juana Margarita Hoyos Restrepo, para desempeñarlo;

Que mediante oficio de fecha 30 de mayo de 1990, recibido en la Sección de Personal el 6 de junio de 1990, la señora Juana Margarita Hoyos Restrepo, manifestó la no aceptación del cargo;

Que por lo anteriormente expuesto es procedente derogar el artículo 2° del Decreto número 506 de fecha 5 de marzo de 1990, de conformidad con el literal e) del artículo 45 del Decreto número 1950 de 1973,

DECRETA:

Artículo 1° Derógase en todas sus partes el artículo 2° del Decreto número 506 de fecha 5 de marzo de 1990.

Artículo 2° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 15 de junio de 1990.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Julio Londoño Paredes.

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