Por el cual se aprueba y adopta un Reglamento para el Ejército

Rango Decreto
Publicación 1916-07-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo único: Apruébase y adóptase en todas sus partes, para el servicio del Ejército, el Reglamento para las Tropas de Tren.

Parágrafo. Del expresado Reglamento se hará una edición de quinientos ejemplares.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 27 de julio de 1916.

JOSE VICENTE CONCHA -El Ministro de Guerra, Salvador FRANCO.

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