Por el cual se suprime un empleo y se crean otros en el ramo Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Articulo 1° Suprímese una plaza de Ayudante en la Oficina Telegráfica de San Gil, y créase la de Copista en la del Socorro, con la asignación mensual de $ 40, y nómbrase para desempeñar este empleo al señor José María Barrera.
Artículo 2° Créase la plaza de Cartero en cada una de las Oficinas Telegráficas de Galeras y Caimito, con las asignaciones mensuales de $ 3 y $ 2, respectivamente.
El presente Decreto empezará a regir cinco días después de su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 27 de agosto de 1918.
MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Gobierno, Pedro Antonio MOLINA.
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