Por el cual se aumentan los sueldos del personal de las Fuerzas Militares

Rango Decreto
Publicación 1946-05-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales y de las especiales que le confiere el artículo 22 de la Ley 102 de 1944,

DECRETA:

Artículo 1° Auméntanse los sueldos del personal militar de las Fuerzas Militares en la siguiente proporción:
Sueldos superiores a $ 100, el 15%
Sueldos de $ 12 a $ 100, inclusive, el 20%
Sueldos inferiores a $ 12, el 25%

Parágrafo. Exceptúase del aumentó contemplado en el presente artículo a los Oficiales Generales.

Artículo 2° Auméntanse los sueldos del personal de empleados civiles del ramo de Guerra en la siguiente proporción:
Sueldos superiores a $ 100, el 15%
Sueldos de $ 100 e inferiores, el 25%
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir del primero (l1) de mayo del corriente año.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 26 de abril de 1946.

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Francisco de P. PEREZ-El Ministro de Guerra, LuisTAMAYO.

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