por el cual se abre un crédito en el Presupuesto vigente. (Ministerio de Obras Públicas)
(Ministerio de Obras Públicas).
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
Que el Contralor General de la República, a petición del Ministro de Obras Públicas, ha certificado la disponibilidad de un nuevo recurso fiscal por la cantidad de $ 48.000.00, proveniente de la consignación efectuada por el Cajero de la Construcción del edificio para los cuarteles de Ibagué en la Tesorería General de la República, como reintegro de igual suma girada por relación de autorización número 1668/12208, con imputación al Capítulo 91, artículos 1673-A y 1673-C del Presupuesto de 1944, giro que aun cuando fue refrendado en dicho año no hubo necesidad de utilizarlo en los fines para los cuales fue expedido pero que, no obstante, la cantidad autorizada si se computó como gasto presupuestal en las operaciones de liquidación de dicha vigencia fiscal, y
Que tanto el Consejo de Ministros como el Consejo de Estado han impartido su aprobación y emitido concepto favorable a la apertura de un crédito al Presupuesto con respaldo en tal valor, según consta en los oficios números 346 y 16275, procedentes de las Secretarias de las citadas entidades,
DECRETA:
Artículo 1° Con base en la suma de cuarenta y ocho mil pesos ($ 48.000.00) moneda corriente, consignada en la Tesorería General de la República por el Cajero de la construcción del edificio para cuarteles de Ibagué por concepto de reintegro del valor de la relación de autorización número 1668/12208, la cual no hubo necesidad de utilizar en los fines para que fue expedida pero cuyo monto sí se computó en las operaciones de liquidación de la vigencia fiscal de 1944, ábrese el siguiente crédito al Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Capítulo 103. -Edificios Nacionales -Construcción.
| Artículo 2190. Para continuar la construcción de los cuarteles de Ibagué | $ 48.000.00 |
|---|---|
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 16 de abril de 1947.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Francisco de Paula PEREZ
Digitó: CC1.023.922.646
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