Por el cual se traslada una partida en el Presupuesto de Gastos de 1908
El Presidente de la República de Colombia
En uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo único. Trasládase en el Presupuesto de Gastos del año económico de 1908 la cantidad de $ 4,351, tomada del Departamento del Tesoro, capítulo 45, artículo 275 bis, a las imputaciones siguientes:
Parágrafo. Las oficinas ordenadoras y pagadoras describirán en sus libros las operaciones á que da lugar el presente Decreto,
Publíquese.
Dado en Bogotá, á 23 de Noviembre de 1908.
R. REYES
El Subsecretario de Hacienda encargado del Despacho,
B. Sanin Cano
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