Por el cual se suprimen dos puestos, se crea uno y se fija el personal y asignaciones
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 25 de 1927,
DECRETA:
Artículo 1.° Suprímense los puestos de Ayudante de la Sección 1.ª del Departamento de Negocios Generales y Ayudante de la Sección 1.ª del Departamento de Comercio, del Ministerio de Industrias.
Artículo 2.° Elévase el sueldo del Ayudante Mecanógrafo de la Sección 2.ª (Contabilidad) del Departamento de Negocios Generales del mismo Ministerio, a $ 150, y créase en la Sección 1.ª del Departamento de Comercio un puesto de Mecanógrafo con la asignación mensual de $ 80.
Artículo 3.º Promuévese al señor Abel Mazuera, del puesto de Ayudante en el Departamento de Negocios Generales, empleo que se suprime, al de Ayudante de la Sección de Contabilidad; y al señor Eudoro González de la Torre, al puesto de Mecanógrafo del Departamento de Comercio, a que se refiere el artículo 2.° de este Decreto. Suprímese el puesto que en la Sección provisional de Archivos viene desempeñando dicho señor González.
Artículo 4.º Esto Decreto empezará a regir desde el 1.º de agosto próximo venidero.
Parágrafo. El gasto que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se imputará al capítulo 38, artículo 470, del Presupuesto de gastos de la vigencia actual.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 17 de julio de 1928.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Industrias,
José Antonio MONTALVO
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