Por el cual se adscriben unas funciones a un empleado del ramo de edificios nacionales
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Adscríbese al Ingeniero Interventor de las obras de edificios nacionales de que trata el Decreto número 908 de este año, las funciones de Jefe de 1a Sección 4ª, Alojamiento y Reparaciones, del Departamento de Intendencia del Ramo de Guerra.
Parágrafo. El titular del cargo quien devengará asignación en la forma y términos ya dispuestos en el citado Decreto número 908 de 1945, ejercerá tales atribuciones sin perjuicio de las funciones que la expresada providencia ejecutiva le señala.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 28 de mayo de 1945.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Guerra,
Domingo ESPINEL,General.
El Ministro de Obras Públicas,
Alvaro DIAZ S.
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