por medio del cual se crean unos cargos y se suprime el carácter de local a un cargo en el Servicio Exterior
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los numerales 2º y 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto-ley 10 de 1992,
DECRETA:
Artículo 1º.Créase en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de España, dos (2) cargos de Consejero, Grado Ocupacional 4 EX, con una asignación básica mensual de cincomil cuatrocientos noventa dólares con 00/100 (US$5.490.00), cada uno.
Artículo 2º. Créase en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de España, un cargo de Auxiliar Administrativo, Grado Ocupacional 4 PA, con una asignación básica mensual de mil cuatrocientos sesenta dólares con 00/100 (US$ 1.460.00).
Artículo 3º.Suprímase el carácter de local al cargo de auxiliar administrativo, Grado Ocupacional 2 PA, con una asignación básica mensual de novecientos veinte dólares con 00/100 (US$920.00), en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de España, actualmente ocupado por Arcelina Ortiz.
Artículo 4º. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 5º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 31 de julio de 1995.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Relaciones Exteriores
Rodrigo Pardo García-Peña.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Guillermo Perry Rubio.
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