Por el cual se crea el destino de Escribiente en la Oficina telegráfica de Tunja, i se nombra el empleado que debe servirlo

Rango Decreto
Publicación 1876-04-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de los Estados Unidos de Colombia

decreta:

Artículo 1.° Créase el destino de Escribiente para la Oficina telegráfica de Tunja, el cual gozará del sueldo de $ 240 anuales.

Este gasto es imputable al Presupuesto en curso, Departamento de Correos, Capítulo 7.°, artículo 3.°

Artículo 2.° Nómbrase a Irenarco Vela para que desempeñe, en propiedad, el referido destino.

Comuníquese.

Dado en Bogotá, a 23 de marzo de ,1876.

S. PEREZ.

El Secretario de Guerra i Marina,

Santos Acosta.

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