Por el cual se ordena la impresión de un folleto en la Imprenta Nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de la facultad que le confiere el Decreto legislativo número 1043 de 1940, y vista la solicitud del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social,
DECRETA:
Artículo único. En la Imprenta Nacional, y por cuenta del Gobierno se hará la impresión de mil (1.000) ejemplares de un folleto titulado "Reglamento para los Servicios de Protección Infantil y otras disposicionesnone, conforme a las indicaciones que dé el Departamento de Protección Infantil y Materna del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 23 de enero de 1942.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Gobierno,
Jorge GARTNER
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.