Por el cual se crean unos cargos en el Ministerio de Obras Públicas (ramo de Carreteras Nacionales)
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que el Decreto número 2192 de 1947 dispuso que el personal administrativo que se requíriera en las diferentes zonas de conservación y en las obras dependientes del Departamento de Ferrocarriles y Carreteras Nacionales del Ministerio de Obras Públicas fuera designado por medio de decreto, y
Que los cargos que se crean por el presente decreto se habían atendido anteriormente por jornal,
DECRETA :
Artículo primero. Dependiente de la Zona de Carreteras Nacionales de Pasto, créanse los siguientes cargos, con las asignaciones mensuales que a continuación se expresan:
| Un Secretario | 200.00 |
|---|---|
| Cuatro (4) Inspectores de conservaci6n cada uno con | 280.00 |
| Cuatro (4) Inspectores de Construcción de la carretera Tambo-Peñol, cada uno con | 280.00 |
| Un Subinspector en la variante de Pajajoy | 200.00 |
| Un Subinspector en la carretera circunvalación | 200.00 |
| Un Oficial de Estadística | 240.00 |
| Un Subalmacenista en la carretera círcunvalación | 180.00 |
| Un Subalmacenista en Pasto | 180.00 |
| Un Contador de Almacén | 240.00 |
| Un Ayudante del Cajero | 220.00 |
| Un Ayudante de Contador | 220.00 |
| Una Mecanógrafa del Ingeniero Jefe | 120.00 |
| Una Mecanógrafa de Contabilidad | 120.00 |
| Un Oficial de Sanidad | 120.00 |
| Un Farmacéutico | 180.00 |
| Un Enfermero | 140.00 |
| Un Jefe de Compras locales en Pasto | 180.00 |
| Un Jefe de Talleres | 240.00 |
Artículo segundo. Quedan suprimidos en la Zona de Carreteras Nacionales de Pasto, los cargos administrativos determinados en el artículo 3° del Decreto número 2492 de 1917, que no figuren en el presente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 16 de enero de 1948.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José María BERNAL
El Ministro de Obras Públicas,
Luis Ignacio ANDRADE
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