Por el cual se anexan unas carreteras a la Zona de Tunja
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo primero. Anéxanse a la Zona de Carreteras Nacionales de Tunja, para su conservación, las siguientes carreteras cuya construcción ha quedado suspendida por falta de partida en el Presupuesto: Uvita-San Mateo-Cocuy; Soatá-Onzaga; Espino- Chiscas y Piedrasgordas-Briceño.
Artículo segundo. La conservación del sector de carretera comprendido entre Belén y La Palmera, que estaba a cargo de la Zona de Carreteras de Pamplona, pasará a la Zona de barreteras de Tunja.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 19 de enero de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Obras Públicas,
Luis Ignacio ANDRADE
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