Por el cual se concede una facultad al Gobernador del Departamento de Norte de Santander
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 2 de agosto de 1924
PEDRO NEL OSPINA--El Ministro de Obras Públicas, Aquilino VILLEGAS.
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