Por el cual se dictan algunas disposiciones en el ramo de navegación y transportes de carga oficial

Rango Decreto
Publicación 1933-08-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Confírmase en propiedad el nombramiento hecho por la Superintendencia de Navegación en el señor Alfredo Dávila, para el puesto de Oficial dé Embarques de Barranquilla, puesto que dependerá de dicha Superintendencia, y al cual se le fija un sueldo de $ 200 mensuales.
Artículo 2° Los sueldos del Revisor de Fletes y Carga Oficial, del Ayudante y del Escribiente Chequeador de la misma Oficina, serán de $ 180, $,150 y $ 120 mensuales, respectivamente.
Artículo 3° Fíjase en $ 70 el sueldo del Ayudante de la Inspección Fluvial de La Dorada.
Artículo 4° DEROGASE EL DECRETO NUMERO 1282 DE 1933.
Artículo 5° Las disposiciones del presente Decreto comenzarán a regir el día 21 de los corrientes.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 21 de julio de 1933.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El. Ministro de Obras Públicas,

Alfonso ARAUJO

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