Por el cual se da una autorización al Consejo Nacional de Administración y Disciplina
El Presidente de la Republica de Colombia,
en ejercicio de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
Que los actuales miembros del consejo nacional de Administración y Disciplina han ofrecido servir adehonoren los cargos de consejeros Departamentales de Cundinamarca, para facilitar el desarrollo de la carrera administrativa en el Departamento; y
Que el Gobierno Nacional tiene vivo interés en que se de cumplimiento a las disposiciones legales sobre la materia, se obvian las dificultades que el Gobierno del Departamento ha tenido para establecer la carrera administrativa en esta importante sección de la Republica,
DECRETA:
Articulo único. Autorizase a los miembros del consejo Nacional de Administración y Disciplina para ejercer las funciones que el Gobierno del Departamento de Cundinamarca les confiera como miembros del Consejo Departamental de Administración y disciplina pudiendo ´para tal efecto usar las oficinas y demás elementos a su servicio.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 18 de julio de 1941.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social,
José Joaquín CAICEDO CASTILLA
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