Por el cual se hacen varios traslados en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal en curso

Rango Decreto
Publicación 1936-10-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que el honorable Consejo de Ministros en su sesión del día 29 de mayo próximo pasado, concedió al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la autorización para efectuar algunos traslados en los presupuestos de los Ministerios de Gobierno, Hacienda, Educación Nacional, Obras Públicas y Departamento Nacional de Higiene, conforme lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley 64 de 1931,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del Ministerio de Gobierno:
Artículo 2° Hácese el siguiente traslado en el presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público:
Artículo 3°. Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del Ministerio de Educación Nacional:
Artículo 4°. Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del Ministerio de Obras Públicas:
Artículo 5°. Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del Departamento Nacional de Higiene:

Comuníquese.

Dado en Bogotá a 4 de junio de 1936.

ALFONSO LOPEZ

Por el Ministro de Gobierno, el Secretario, autorizado,

Hernán COPETE

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Gonzalo RESTREPO

El Ministro de Educación Nacional,

Darío ECHANDIA

El Ministro de Obras Públicas,

César GARCIA ALVAREZ

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