por el cual se prorroga la existencia de la Comision de Racionalización del Gasto y de las Finanzas Públicas
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales que le confieren los numerales 11, 17 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política y de las legales, en especial la prevista en el artículo 1° del Decreto 1050 de 1968,
DECRETA:
Artículo 1º. Prorrogar la vigencia de los decretos 1359 del 14 de agosto de 1995 y 1605 del 25 de septiembre del mismo año hasta el 13 de noviembre de 1996.
En consecuencia, la Comisión de Racionalización del Gasto y de las Finanzas Públicas seguirá ejerciendo sus funciones en la misma forma y condiciones como lo viene haciendo y deberá presentar al Gobierno Nacional las recomendaciones respectivas, a más tardar el día 13 de noviembre de 1996.
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase
Dado en Santa Fe de Bogotá a los, 24 de julio de 1996
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y crédito Público
José Antonio Ocampo Gaviria.
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