Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto del Ministerio de Gobierno

Rango Decreto
Publicación 1932-08-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales y

CONSIDERANDO

Que el Ministerio de Gobierno solicitó en forma debida, teniendo en consideración el Decreto 1123 de 30 de junio último, el traslado de la suma de $ 42, parte del sobrante del artículo 8° del capítulo 4° del Presupuesto, al artículo 212 del mismo, para completar el sueldo del primer Repartidor del Diario Oficial, asignado en el Decreto dicho; y el traslado del sobrante de $ 1,008 que quedó en el parágrafo 4° del artículo 203, conforme el certificado expedido por la Contraloría, para aumentar la partida de gastos imprevistos del Ministerio, que está para agotarse, y para crear una apropiación nueva a fin de pagar el valor del contrato que se hizo para, ejecutar el retrato del doctor Joaquín F. Vélez; y

Que el Consejo de Ministros autorizó los traslados solicitados,

DECRETA:

Artículo único. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto del Ministerio de Gobierno:
Del artículo 8°, capítulo 4°, al artículo 212, capítulo 15, para completar el sueldo del Distribuidor del Diario Oficial $ 42
Del parágrafo 4°, articulo 203, capítulo 12, al capítulo 17, el sobrante de $ 1,008, que se apropia así: Del parágrafo 4°, articulo 203, capítulo 12, al capítulo 17, el sobrante de $ 1,008, que se apropia así: Del parágrafo 4°, articulo 203, capítulo 12, al capítulo 17, el sobrante de $ 1,008, que se apropia así:
Artículo 241. Para gastos imprevistos del Ministerio de Gobierno $ 608
Artículo 241 bis. Para pagar el valor del contrato sobre el retrato al óleo del doctor Joaquín E. Vélez 400
Suma $ 1,008

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 29 de julio de 1932.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Gobierno,

Agustín MORALES OLAYA

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