Por la cual se ordena una publicación en la Imprenta Nacional

Rango Decreto
Publicación 1944-06-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. En la Imprenta Nacional y por cuenta del Gobierno, se hará una edición de 500 ejemplares de los discursos pronunciados en la Academia Colombiana de la Lengua en su sesión de fecha 23 de abril último.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 30 de mayo de 1944.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Gobierno,

Alberto LLERAS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Gonzalo RESTREPO

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