Por el cual se hace una delegación para el nombramiento y remoción de empleados del servicio doméstico en establecimientos de educación nacional

Rango Decreto
Publicación 1945-06-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de facultades que le confiere la Ley 202 de 1936,

DECRETA:

Artículo único. Delégase en los Rectores o Directores de los establecimientos de educación nacional que funcionan en el país por cuenta y bajo la dependencia del Ministerio de Educación Nacional, la facultad de nombrar y remover el personal del servicio doméstico, como lo exijan la necesidad y conveniencia de dichos establecimientos y dentro de las partidas asignadas en los correspondientes decretos de distribución de las partidas presupuestas al efecto. Dichas atribuciones las ejercerán los Rectores o Directores por medio de resoluciones, y ante ellos tomarán posesión los empleados del servicio doméstico.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 28 de mayo de 1945.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Gobierno,

Absalón FERNANDEZ DE SOTO

El Ministro de Educación Nacional,

Antonio ROCHA

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