Por el cual se distribuye la partida para sostenimiento de becas en los establecimientos de educación que determine el Gobierno

Rango Decreto
Publicación 1949-05-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Para sostenimiento de becas en los establecimientos de educación que determine el Gobierno, distribuyense así los fondos apropiados, en el Capítulo 92, articulo 1509, del Presupuesto-Nacional vigente:
En 12 meses, enero a diciembre: Mensual Total
Cien becas en el Instituto de Ciegos y Sordomudos de Cundinamarca, a $ 25.00 cada, una 2.500.00. 30.000.00
Veinte becas en, el Instituto Colombiano para Ciegos, a $ 25.00 cada una 500.00 6.000.00
En 10 meses, febrero a noviembre:
Cincuenta y cuatro becas en la Casa de Artes de Funza, de las Reverendas Hermanas Terciarias, a $ 30.00 cada una 1.620.00 16.200.00
Tres becas en la Universidad de Cartagena, a $ 25.00 cada una 75.00 750.00
Una beca en el Colegio de Las Mercedes, de Ibagué 30.00 300.00
En 9 meses, marzo a noviembre:
Diez becas en la Escuela Normal de Varones, de Ibagué, a $ 40.00 cada una 400.00 3000.00
Tres becas en la Escuela Normal Rural de Señoritas, de Sopetrán, a $ 30.00 cada una 90.00 810.00
En 9 meses, abril a diciembre:
Trece becas en el Colegio María Auxiliadora, para internas, $ 30.00 cada una 390.00 3.510.00
Cinco becas en el Colegio María Auxiliadora, para seminternas, a $ 18.00 cada una 90.00 810.00
Siete becas en el Colegio del, Rosario, para Señoritas, a $ 30.00 cada una 210.00 1.890.00
Una beca en el Colegio Departamental de La Merced 25.00 225.00
Una beca en el Colegio de La Presentación 30.00 270.00
Diez becas en la Escuela de Enfermeras de la Cruz Roja, a $ 30.00 cada una 300.00 2.700.00
Cincuenta y cuatro becas en el Colegio Salesiano de León XIII (Sección de Estudios y Sección de Artes), a $ 30.00 cada una 1.620. 14.580.00
Dos becas en el Instituto de La Salle, a $ 25.00 cada una 50.00 450.00
Una beca en el Liceo de La Salle 25.00 225.00
Siete becas en el Colegio de los Reverendos Padres Jesuítas, para internos, a $ 35.00 cada una 245.00 2.205.00
Tres becas en el Colegio de los Reverendos Padres Jesuítas, para externos, a $ 18.00 cada una 54.00 486.00
Diez becas en el Colegio de las Hijas de María de las Esclavas, a $ 18.00 cada una 180.00 1.620.00
Una beca- en el Externado Nacional de Bachillerato 30.00 270.00
Dos becas en. el Instituto Indígena de los Doce Apóstoles, a $ 25.00 cada una 50.00 450.00
Veintitrés becas en el Colegio de Nariño, para niños (externos), a $ 18.00 cada una 414.00 3.726.00
Una beca en el Colegio del Sagrado Corazón de .Jesús, para Señoritas 30.00 270.00
Dos becas en el Colegio Alvernia (Madres Franciscanas, a $ 50.00 cada una 100.00 900.00
Tres becas en el Liceo Francés Louis Pasteur, a $ 50.00 cada una 150.00 1.350.00
Una beca para estudios de especialización en Laboratorios de Bacteriología 50.00 450.00
Dos becas en el Gimnasio Femenino, de Bogotá, a $ 30.00 cada una 60.00 540.00
Cinco becas en la Escuela Nacional de Comercio, a $ 30.00 cada una 150.00 1.350.00
Veinte becas en el Instituto Pedagógico Nacional, para Señoritas, a $ 35.00 cada una 700.00 6.300
En 10 meses, febrero a noviembre:
Ocho becas en el Colegio de la Sagrada Familia, de San Andrés, Islas, a $ 25.00cada una 200.00 2.000.00
Totales $ 10.368.00 104.237.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 7 de mayo de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMlLLO OCAMPO-El Ministro de Educación Nacional, Fabio LOZANO Y LOZANO,

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