Por el cual se aprueba y adopta un Reglamento para el servicio e instrucción de las tropas de artillería

Rango Decreto
Publicación 1937-02-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la Republica de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1º. Apruébase y adóptase el Reglamento para el servicio de artillería: Titulo tercero. Descripción y conservación del material de artillería de montaña modelo 1928 Skoda.
Artículo 2º. La Imprenta Nacional publicará el titulo aprobado en una edición de mil quinientos ejemplares.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 8 de enero de 1937.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Guerra,

Plinio MENDOZA NEIRA

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