Por el cual se suprimen unos empleos, se crean otros y se reorganizan dos Oficinas en el Ramo telegráfico

Rango Decreto
Publicación 1909-09-11
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1. º Suprímese una plaza de Telegrafista en la Oficina de Palacio y una de Copista en la Oficina Telegráfica Central, y créase la de Legajador en esta última Oficina.
Artículo 2. º Suprímese igualmente la Escuela de Telegrafía que funciona en la ciudad de Popayán, y créase la plaza de Ayudante en la Oficina Telegráfica de Roldanillo.
Artículo 3. º Reorganízanse las Oficinas Telegráficas de Duitama y Santa Rosa de Viterbo, cada una con el siguiente personal:

Duitama.

Un Telegrafista Jefe;

Un Cartero.

Santa Rosa de Viterbo

Un Telegrafista Jefe;

Un Telegrafista Subjefe;

Cuatro Ayudantes;

Un Cartero.

Artículo 4.º Reconócese á favor del empleado auxiliar de la Oficina Telegráfica de Palacio el sueldo correspondiente, a razón de $ 100 oro mensuales, por los servicios prestados en aquella Oficina desde el día 5 del mes de Agosto último hasta la fecha del presente Decreto.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 2 de Septiembre de 1909.

RAMON GONZALEZ VALENCIA

El Ministro de Gobierno,

Alejandro Botero U.

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