Por el cual se distribuye una partida

Rango Decreto
Publicación 1939-01-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales,

DECRETA:

ARTICULO UNICO. La partida votada en el artículo 467, capítulo 64 de la Ley de apropiaciones vigente, para sostenimiento del Instituto Nacional de Educación Física, se distribuye así:
Mensual. En el año.
Del Director, en 12 meses $250.00 3.000.00
Del Secretario Habilitado, en 12 meses 180.00 2.160.00
Del encargado del grupo masculino, en 12 meses 150.00 1.800.00
De la encargada del grupo femenino, en 12 meses 150.00 1.800.00
De la Mecanotaquígrafa, en 12 meses 70.00 840.00
Del Portero Cartero, en 12 meses 50.00 600.00
Del Ayudante del Portero, en 12 meses 30.00 360.00
De dos Sirvientes, a $ 25.00 mensuales cada uno, en 12 meses 50.00 600.00
De la pianista, en 12 meses 50.00 600.00
Del Médico Jefe de investigaciones, en enero 180.00 180.00
Del Médico, en 11 meses, de febrero a diciembre inclusive 80.00 880.00
Del Dentista, en 12 meses 80.00 960.00
Del Jefe de Laboratorios, en 12 meses 120.00 1.440.00
De 460 horas de clase mensuales, a $ 2,50 cada hora, en 12 meses 1.340.00 16.080.00
Del Director de la escuela anexa, en 12 meses 130.00 1.560.00
De 4 Profesores de la escuela anexa, a $ 100,00 mensuales cada uno, en 12 meses 400.00 4.800.00
Del Portero de la escuela anexa, en 12 meses 30.00 360.00
Del Chofer, en 12 meses 60.00 720.00
Para pagar lo que corresponde en enero al Profesor Quintana, según su contrato 75.00 75.00
Becas y alimentación
Para 95 becas, a $ 40.00 mensuales cada una, en 10 meses, de febrero a noviembre inclusive 3.800.00 38.000.00
Para alimentación del personal del servicio y almuerzo de los Profesores permanentes, en 11 meses de febrero a diciembre inclusive 60.00 660.00
Material y gastos varios
Para biblioteca, laboratorios, botiquín, gasolina y repuestos del bus, publicaciones, excursiones y demás gastos de material del Instituto en el año 12.525.00
Total 90.000.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 21 de enero de 1939.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Educación Nacional,

Alfonso ARAUJO

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