Por el cual se hacen traslados en el Presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1941-01-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 24 de enero en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar algunos traslados entre apropiaciones de la Contraloría General de la República, según consta en la nota número 5788, procedente de la Secretaría de dicha entidad,

DECRETA:

Artículo 1º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA '

Capítulo 92:
Del artículo 1260. Para útiles de escritorio, gastos de conservación y reparación de muebles y equipo de oficinas, formularios, publicaciones y gastos similares que requieran la Contabilidad y Fiscalización, y para pago de saldos anteriores a esta vigencia $ 2.000.00
Del artículo 1261. Para viáticos de Visitadores y de empleados de Contabilidad y Fiscalización que hayan de trasladarse de un lugar a otro, o salgan en comisión del servicio 4.000.00
Capítulo 93:
Del artículo 1262. Para sueldos del personal dependiente de la Dirección Nacional de Estadística, incluyendo los Delegados en las Direcciones Departamentales, y demás empleados designados por la Contraloría para el buen funcionamiento del ramo, en el año 12.000.00
Del artículo 1264. Para viáticos de Visitadores y empleados de Estadística que hayan de trasladarse de un lugar a otro, o salgan en comisiones del servicio 2.000.00
Capítulo 92:
Al artículo 1259. Para sueldos del personal de Contabilidad y Fiscalización dé la Contraloría General de la República v sus dependencias, en el año 20.000.00
Sumas iguales $ 20.000.00 20 000.00
Artículo 2º El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 28 de enero de 1941.

EDUARDO SANTOS

El Minislro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

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