Por el cual se aumenta una asignación en la construcción del ferrocarril Tolima-Huila-Caquetá hacia Neiva
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1º Auméntase a $250 mensuales el sueldo del Abogado Secretario del Ingeniero Interventor del Gobierno en el contrato con la Casa Norton Griffiths & Co., Limited, para la construcción del ferrocarril Tolima-Huila-Caquetá hacia Neiva.
Artículo 2º Este sueldo se pagará en la forma establecida en el respectivo contrato para los sueldos del Ingeniero Interventor, y desde la fecha en que tomó posesión.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 3 de agosto de 1926.
PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Obras Públicas, Laureano GOMEZ.
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