Sobre creación de un Municipio
El Presidente de la república de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y vista la solicitud documentada de los vecinos del Corregimiento dé Caicedo, apoyada por el señor Gobernador del Departamento de Antioquia, á fin de que se erija en Municipio el expresado Corregimiento, él cual reúne para tal efecto las condiciones que previene la ley, según se deduce de los documentos presentados,
DECRETO:
Artículo 1°. Erígese e Municipio Corregimiento de Caicedo, con este mismo nombre y por las siguientes linderos
Del nacimiento de la quebrada Solazar en el ramal de la cordillera de Los Andes, que vierte aguas á los ríos Atrato y Cauca; ésta abajo hasta su boca en La Noque; de aquí en línea recta al filo de Úrreco ; éste arriba hasta el alto de Los Robles ; de aquí por la cordillera que vierte aguas á las quebradas Guasabra y Anocosca hasta el morro de Frontino ; de este punto, por el ramal de la cordillera andina citada antes, hasta el primer lindero.
Artículo 2°. El Municipio de caisedo hará parte del Departamento de Antioquia, de la Provincia de Gendarmería y del Circuito Judicial de Antioquia y del Circuito de Notaría y Registro de Urrao.
Artículo 3°. El Gobernador del Departamento da, Antioquia dictará las medidas conducentes a la organización del nuevo Municipio en todos sus ramos.
Artículo 4°. El presente Decreto regirá desde el 10 de Diciembre próximo.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 27 de Noviembre de 1908.
B. REYES
El Ministro de Gobierno,
- M. VARGAS
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