Sobre creación de comisiones de estudio de la Tarifa de Aduanas, y funciones que deberán desempeñar

Rango Decreto
Publicación 1905-11-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Art. 1.° Créanse Comisiones de estudio de la Tarifa de Aduanas en cada una de las ciudades de Bogotá, Bucaramanga, Cali, Cartagena, Cúcuta y Medellín, compuesta cada una de tres miembros principales y tres suplentes.
Art. 2.° Serán funciones de las Comisiones de estudio :

Parágrafo. Por Decreto separado se harán los nombramientos de los miembros de la Comisión de estudio.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 6 de Noviembre de 1905.

R. REYES

El Ministerio de Hacienda y Tesoro,

Pedro AntonioMolina

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.