Por el cual se crea el cargo de Abogado Auxiliar de la Sindicatura de Lazaretos

Rango Decreto
Publicación 1932-08-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Dependiente de la Administración de Hacienda Nacional de Cundinamarca Sección de Sucesiones y Donaciones, créase el cargo de Abogado Auxiliar del Síndico de Lazaretos, con una asignación mensual de $;100.

Artículo 3° Para desempeñar el cargo de Abogado Auxiliar creado por el presenté Decreto, nómbrase al doctor Guillermo Morales Peña.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 29 de julio de 1932

ENRIQUE OLAYA HERRERA.

El Ministro de Hacienda, y Crédito Público, '

Esteban JARAMI1LO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Dominio público (textos oficiales del Estado, libre reproducción)