Por el cual se distribuye una partida del presupuesto extraordinario de la defensa nacional
El Presidente de la Republica de Colombia,
en uso de las facultades que le confiere la Ley 12 de 1932, .
DECRETA:
Articulo único. Distribuyese en la siguiente forma la partida apropiada por Decreto número 1133, de 29 de mayo último,
con imputación al capítulo71, artículo 360-s:
| Para la vía La Tagua Caucayá. | $45.000 |
|---|---|
| Para la vía Puerto Pizarro al Caraparaná | 19.000 |
| Para la vía Garzón río Orteguasa | 32.000 |
| Para la vía Popayán Pasto | 25.000 |
| Para la vía del Caguán, sector Guacamayas San Vicente | 19.000 |
| Para pago del personal adscrito al Ministerio de Obras Públicas para los servicios de Contabilidad, Habilitación, transportes y compra de materiales de la defensa nacional | 10.000 |
| Suma. | $150.000 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 25 de junio de ,1934.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Secretario del Ministerio de Obras Públicas, encargado del Despacho,
Mario FORERO CORTES
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