Sobre presupuesto de gastos de la comisaría Especial del Vaupés, para la vigencia fiscal de 1930

Rango Decreto
Publicación 1930-09-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de susfacultades legales,

DECRETA:

La suma de $ 12,000 señalada en el parágrafo 4.º del artículo 231 del Presupuesto Nacional vigente, para los gastos que demande la Comisaría Especial del Vaupés, se distribuye para la vigencia fiscal de 1.º de enero a 31 de diciembre de 1930, así:

CAPITULO I CAPITULO I CAPITULO I
Comisaría--Personal. Comisaría--Personal. Comisaría--Personal.
Artículo 1.º Sueldo de los siguientes empleados, en el año:
Del Comisario Especial, a $ 200 mensuales $ 2,400
De su Secretario, a $ 100 mensuales 1,200
Del Alcalde de Ríonegro, a $ 60 mensuales 720
Del Secretario del Alcalde de Ríonegro, a $ 30 mensuales 360
Artículo 2.º Corregimientos:
Del Corregidor de Calamar, a $ 40 mensuales 480
De su Secretario, a $ 20 mensuales 240
Del Corregidor de Apoporis, a $ 40 mensuales 480
De su Secretario, a $ 20 mensuales 240
Del Corregidor de Inírida, a $ 40 mensuales 480
De su Secretario, a $ 20 mensuales 240
Del Corregidor de San José del Guaviare, a $ 30 mensuales 360
De su Secretario, a $ 20 mensuales 240
Artículo 3.º Policía:
De cinco Agentes de Policía, a $ 35 mensuales cada uno 2,100
CAPITULO II CAPITULO II CAPITULO II
Material y gastos varios. Material y gastos varios. Material y gastos varios.
Artículo 4.º Para útiles de escritorio de todas las oficinas de la Comisaría 150
Para arrendamiento del local en que funciona la Oficina del Corregimiento de San José del Guaviare, a $ 3 mensuales 36
Artículo 5.º Sueldo de la maestra de escuela de Calamar, a $ 30 mensuales 360
Sueldo de la maestra de escuela de Ríonegro, a. $ 30 mensuales 360
Articulo 6.º Para la limpia, reparación y conservación del camino entre Calamar y San José del Guaviare, y reparación de puentes en el mismo 290
Artículo 7.º Para pagar el contrato que celebró el Alcalde de Ríonegro con Jesús Antonio Villa, sobre ejecución de varias obras en la oficina de la Alcaldía de Ríonegro 200
Artículo 8.º Para la construcción de una casa y de una canoa para el servicio del Corregimiento de Inírida 200
Artículo 9.º Para viáticos del Comisario y su Secretario, en las visitas que practiquen dentro del Territorio de la comisaría, hasta $ 600
Artículo 10. Para gastos imprevistos, hasta 264
Suma $ 12,000

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 20 de agosto de 1930.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

Ministro de Gobierno,

Carlos E. RESTREPO

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