Por el cual se dispone organizar trabajos en el camino de Honda a Manizales, sección del Tolima
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo 1º Con la suma señalada en el parágrafo 2º del artículo 750 del Presupuesto en curso, se procederá a organizar trabajos de construcción del camino de Honda a Manizales, en el trayecto comprendido entre aquella ciudad y Mariquita. En cuanto sea posible se aprovechará el actual camino de herradura, mediante la construcción de las obras necesarias para adaptarlo al tráfico de vehículos de ruedas.
Artículo 2º La dirección técnica de estos trabajos estará al cuidado del Ingeniero, que debe atender a las obras de la carretera de Arrancaplumas a Caracolí, de acuerdo con el contrato celebrado al efecto con la Sociedad Industrial de Ingenieros, empleado que tendrá también a su cargo la autorización de los gastos. La vigilancia de las cuadrillas y demás labores indispensables para la administración de los trabajos estarán al cuidado de un Jefe de trabajos con un sueldo mensual de $150.
Artículo 3º El manejo de los fondos y rendición de cuentas queda a cargo del Tesorero de la carretera de Arrancaplumas a Caracolí, señor Heriberto Amador.
Artículo 4º Nómbrase al señor José Miguel Sánchez, para desempeñar el cargo de Jefe de trabajos a que se refiere el artículo 2º del presente Decreto. Para llenar la vacante que deja el nombrado señor Sánchez, en el cargo de Jefe de trabajos en el Alto Magdalena, nómbrase al señor Jesús Salgado H., con la asignación y funciones fijadas para este puesto.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 3 de agosto de 1926.
PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Obras Públicas, Laureano GOMEZ.
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