Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto de Gastos vigente. (Fuerza de Policía)

Rango Decreto
Publicación 1956-06-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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(Fuerzas de Policía).

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y de conformidad con el Decreto legislativo número 1599 de 1953,

DECRETA:

Artículo primero. Hácese la siguiente traslación en el Presupuesto de Gastos vigente:

FUERZAS DE POLICIA

CAPITULO 183

División de Policía

001. Del artículo 1817. Para sobresueldos del personal de las Divisiones de Policía, en la presente vigencia y anteriores $ 84.600.00
Suma el contracrédito $ 84.600.00
CAPITULO 185 Material y gastos varios
003. Al artículo 1839. Para servicio telefónico local, alumbrado y fuerza eléctrica, acueducto, aseo y desinfección, materiales, traslados y demás servicios en la presente vigencia y anteriores $.84.600.00
Suma el crédito $ 84.600.00
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 9 de junio de 1956.

Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA

Presidente de Colombia

El Ministro de Hacienda y Crédito Público

Carlos Villaveces

El Ministro de Guerra

Mayor General Gabriel París

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