Por el cual se hacen unas traslaciones en el presupuesto vigente (Ministerio de Gobierno)

Rango Decreto
Publicación 1951-06-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en usó de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros en su sesión del día 8 de junio del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectuar unas traslaciones dentro de las apropiaciones del Ministerio de Gobierno, según consta en el Acta respectiva,

DECRETA:

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto vigente:

Ministerio de Gobierno.

Capitulo 6° Del artículo 47. Para dotar a la Imprenta Nacional y sus dependencias de maquinaria y accesorios que la capaciten para ejecutar todos los trabajos del ramo, que necesite la Administración Pública, en el año $ 30.000.00
Suman los contracréditos $ 30.000.00
Capitulo 6° Al artículo 44. Para pago de jornales y trabajos a destajo de la Imprenta Nacional y de horas suplementarias del personal de la misma, ocasionadas por trabajos para el Congreso Nacional, Presidencia de la República y Ministerio de Gobierno, en el año. $ 30.000.00
Suman los créditos $ 30.000.00
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese

Dado en Bogotá a 8 de junio de 1951.

LAUREANO GOMEZ

El Ministró de Gobierno,Domingo Sarásty M- El Ministro de Hacienda y Crédito Público, AntonioAlvarez Restrepo.

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